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Datos obligatorios
Te recordamos que es obligatorio proporcionar a Costa Cruceros los siguientes datos:
- Nombre; - Apellido/s; - Fecha de nacimiento y Ciudad de nacimiento; - Nacionalidad y Edad; - Documentos; - Número Costa Club; - Nombre, Apellido/s, Teléfono de un familiar o amigo que no viaje contigo con quien ponernos en contacto en caso de necesidad.
Te recordamos que es responsabilidad de los pasajeros tener los documentos del viaje necesarios en regla, conforme a las instrucciones de aduanas e inmigración. A los pasajeros desprovistos de los documentos de viaje correctos no les será permitido el embarque y no les será reembolsado el viaje.
Documentos legal
Te rogamos compruebes antes de la salida que posee los documentos necesarios para el crucero elegido y que los documentos en cuestión no están caducados. Los pasajeros que no posean la documentación necesaria para realizar el viaje, no podrán embarcar ni tendrán derecho al reembolso del pasaje del crucero.
Ciudadanos españoles, con residencia en España. Es obbligatorio que todos los pasajeros tengan su pasaporte y eventuales viados en vigencia y válidos para los países de escala de cada crucero, tal y como se indica en el itinerario del viaje.
Extranjeros con residencia en España. Le recomendamos comprobar la validez de su documento de identidad o pasaporte y dirigirse al Consulado de su país de nacionalidad para consultar si son necesarios visados adicionales.
Nota. El personal responsable de la nave podrá retirar los pasaportes y documentos de identidad en el embarque y conservarlos durante todo el crucero a fin de mostrarlos a las diversas autoridades portuarias. En caso necesario, se devolverán temporalmente.
Especial Estados Unidos. Antes de la fecha de salida, rogamos compruebe con su agente de viajes y/o autoridades nacionales la fecha de caducidad de su pasaporte y que éste cumple los requisitos del nuevo procedimiento de entrada en Estados Unidos. Para los viale que prevén escalas o tránsito en los Estados Unidos, todos los pa- sajeros deberán poseer un pasaporte de lectura electrónica. También los menores de edad deberán poseer un pasaporte individual de lectura electrónica, no considerándose válida la inscripción del menor en el pasaporte de los padres. De acuerdo con las normas establecidas por el Departamento de Seguridad Interior de los Estados Unidos (DHS), que hacen referencia a los reglamentos del Visa Waiver Program (programa de exención de visado), Costa Cruceros le recuerda que no necesitan visado de entrada adicional: 1) Los pasajeros con pasaporte de lectura electrónica emitido o renovado antes del 26 de octubre de 2005. <br/> 2) Los pasajeros con pasaporte de lectura electrónica emitido o renovado después del 26 de octubre de 2005 (inclusive), siempre que incorporen su fotografía digital integrada. 3) Los pasajeros con pasaporte de lectura electrónica emitido o renovado después del 26 de octubre de 2006, siempre que incorporen el chip de datos integrado con los datos biométricos y una fotografía digital. Los pasajeros que no cumplan estos requisitos deberán obtener un visado para viajar a Estados Unidos. A partir del 12 de enero de 2009, todos los ciudadanos de los países pertenecientes al Visa Waiver Program (incluido España) que vayan a viajar a Estados Unidos necesitarán recibir una autorización electrónica de entrada al país. Los pasajeros, con más de 72 horas de antelación a su viaje, deberán acceder a la web de ESTA (https://esta.cbp.dhs.gov) y completar el formulario on-line habilitado al efecto. Dicha autorización tiene un coste de 14 $, cuyo pago deberá realizarse mediante tarjeta de crédito o débito. El número de autorización será solicitado a la salida de Estados Unidos. Todos los pasajeros que posean un pasaporte válido emitido antes de la introducción de los pasaportes de lectura electrónica, o pasaportes que no cumplen los requisitos arriba mencionados, necesitarán un visado de no inmigrante para entrar en Estados Unidos. Este requisito también se aplicará a los menores. Especial Asia - Para realizar los cruceros por Asia es necesario estar en posesión de pasaporte con validez de al menos 6 meses desde el término de dicho crucero. Además es necesario visado turístico para determinadas escalas en India y China que deberá ser solicitado por el pasajero en la embajada o consulado correspondiente antes de la salida de España. Costa Cruceros informará en la mayor brevedad posible de cualquier modificación en esta materia. Los menores de edad deberán estar en posesión de pasaporte propio con la misma validez, además de disponer de los correspondientes visados. Para los menores de edad que viajen con personas distintas de los padres, de los tutores o de otros acompañantes expresamente mencionados en el pasaporte, le rogamos verifique con los organismos pertinentes los requisitos o permisos necesarios para que el menor pueda viajar.
Especial Dubai y Emiratos, Océano Índico, Egipto y Mar Rojo - Es necesario estar en posesión de pasaporte con validez de al menos seis meses desde el término del crucero. Consultar las notas referentes a menores. Le rogamos verifique con los organismos pertinentes los requisitos o permisos adicionales que pudieran necesitarse. Los Huéspedes que viajan con paquete aeroterrestre Costa desde Europa a Sharm el Sheik no necesitan visado. El resto de Huéspedes necesitará un visado, que puede obtenerse en el aeropuerto para el embarque o directamente a bordo para el desembarque. Especial San Petersburgo - En la escala de San Petersburgo los pasajeros que participen en las excursiones organizadas recibirán un visado colectivo. Por el contrario, los pasajeros que deseen bajar a tierra por su cuenta necesitarán un visado individual que podrán obtener en el consulado de Rusia en España.
Especial para Egipto - Para todos los cruceros a y desde Egipto, necesitará un pasaporte con 6 meses de validez como mínimo después de la fecha de finalización del crucero.
Especial Vuelta al Mundo - Es necesario estar en posesión de pasaporte de lectura electrónica con validez de al menos seis meses desde el término del crucero, así como visado para Australia e India. Consultar las notas referentes a EE.UU y menores. Le rogamos verifique con los organismos pertinentes los requisitos o permisos adicionales que pudieran necesitarse.
Documentación legal para menores de 15 años
En todos los cruceros que requieran pasaporte, los menores de 15 años deberán estar en posesión de pasaporte propio o estar registrados en el de sus padres, salvo en los cruceros que prevean escalas o tránsitos en EE.UU. (ver punto “Especial Estados Unidos”). En el caso de los cruceros que realicen escalas en Singapur, el pasaporte de los padres deberá incluir una fotografía de los menores registrados en el mismo. En los cruceros que requieran un documento de identidad válido para viajar al extranjero, los menores de 15 años deberán viajar con pasaporte propio o estar registrados en el de sus padres. Debe comprobar con las autoridades relevantes si sus hijos pueden viajar con una partida de nacimiento española con fotografía expedida por la Dirección general de la policía provincial que autoriza a viajar al extranjero. La aceptación de este documento por parte de las autoridades locales depende de los reglamentos actualmente en vigor en los países en los que el barco hace escala. Si el menor no viaja acompañado de los dos progenitores, o si viaja acompañado por personas que no son sus padres, por su tutor o por cualquier otra persona registrada en su documento, consulte a las autoridades relevantes la documentación de viaje que necesita el menor.
Documentación de viaje
La agencia de viajes en la que realice su reserva le proporcionará en formato electrónico la siguiente documentación de viaje:
• Pasaje para el crucero • Formulario de embarque • Etiquetas para el equipaje • Billetes de avión (si procede) • Bonos para servicios de tierra • Lista de servicios contratados
La documentación contiene además información sobre los documentos y visados necesarios, el embarque y el desembarque y los números de teléfono de emergencia. Recibirá la documentación de viaje aproximadamente tres semanas antes de la fecha de salida, una vez que su agencia haya confirmado el pago y se hayan aportado los datos personales obligatorios de los pasajeros, con una antelación superior a tres semanas antes de la salida. Para más información sobre los procedimientos y la fecha de envío de la documentación de viaje, diríjase a su agente de viajes. También puede acceder a la sección personalizada de nuestra página web www.costacruceros.es introduciendo su nombre, apellido/s y localizador de reserva. En ella podrá ver la siguiente información:
• Hoja de reserva, que incluye todos los servicios contratados. • Condiciones de la reserva. • Condiciones del seguro (si dispone de uno). • Servicios reservados on-line. • Formulario de reserva de excursiones (sólo debe rellenarse si no se han reservado las excursiones on-line). • Información sobre cómo llegar al barco. • Información sobre el estacionamiento en puertos y aeropuertos. • Otros datos útiles.
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